- Llevar el proceso disciplinario con la intención de preservar y establecer normas y procedimientos enfocados en mantener los principios, el orden, la moral, el honor, la subordinación y la disciplina ejemplar que el Estado requiere de los miembros del Servicio Nacional de Frontera.
- Ser la unidad administrativa especial, la cual será reconocida como la autoridad disciplinaria del Servicio Nacional de Fronteras, contando con talento humano competente, infraestructura y tecnología adecuada para la prestación de sus servicios con óptimos estándares de calidad, con cobertura nacional, transparencia, imparcialidad, justicia.
- Es el ente institucional, encargado de conocer, decidir y recomendar la imposición de la sanción por la comisión de faltas graves al Régimen Disciplinario, cometido por las unidades del Servicio Nacional de Fronteras, dentro o fuera del servicio, cuya competencia y facultades disciplinarias en todas las áreas de jurisdicción.
- Investigar las violaciones al reglamento disciplinario de la institución, con objetividad.
- Llevar el proceso disciplinario en todas las etapas de su competencia y elaborar los informes correspondientes, con las recomendaciones del caso.
- Recibir, resolver o tramitar los recursos de apelación presentados a las sanciones impuestas.
- Ventilar los casos de su competencia, mediante programación de sesiones ordinarias y extraordinarias, para procesar los casos en todas las áreas de jurisdicción de la institución.
- Velar por el cumplimiento del reglamento disciplinario.
- Imponer e informar al investigado, la sanción que corresponda conforme al reglamento disciplinario, cumpliendo los procedimientos establecidos.
- Actuar y proceder con estricta imparcialidad.
- Recomendar mediante ampliación, que se profundice en las investigaciones respetivas, cuando la falta sea evidente por la propia confesión del investigado y cuando existan dudas sobre los hechos, de tal forma que quede plenamente establecida la culpabilidad del acusado.
- Asesorar, coordinar e impartir instrucciones a los jefes y subordinados, así como a las Junta Disciplinarias Locales, en relación con el mantenimiento de la disciplina, la ley y el orden.